Quién puede ser perito:
El perito deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias.
Clases de peritos:
En un juicio pueden actuar los peritos de parte, propuestos por alguno de los litigantes en la causa y los peritos judiciales, que son nombrados por el juez.
Formación del perito:
El perito en investigación de accidentes laborales posee la formación técnica necesaria para elaborar un dictamen pericial que será aportado como medio de prueba en el juicio.
Es un profesional capaz de esclarecer cuales han sido las causas del accidente, valiéndose para ello de la inspección ocular, entrevistas a sujetos intervinientes y análisis documental.
Dictamen del perito:
El perito al entregar su infome pericial hace juramento o promesa de decir la verdad y de actuar con la mayor objetividad posible, habiendo tomado en consideración tanto lo que pudiera favorecer como lo que fuera susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes.
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